REGISTRO DE BIENES MUEBLES
Son inscribibles todos los bienes muebles identificables y las garantías impuestas sobre los mismos (reserva de dominio, hipotecas, prendas, arrendamientos, leasing, renting...) Particularmente, los vehículos a motor, buques, aeronaves, establecimientos mercantiles, maquinaria industrial y bienes de equipo, hipotecas y prendas sobre los derechos de propiedad industrial e intelectual, condiciones generales de la contracción, casas portátiles, cuadros...